Corresponden a la Secretaría de Hacienda y Finanzas las siguientes funciones, atribuciones y
competencias específicas:
Las inherentes a las temáticas homónimas previstas en el Artículo 208
inciso b) de la Carta Orgánica Municipal
Las de la Tesorería Municipal, de conformidad con lo establecido en los
Artículos 126 y 127 de la Carta Orgánica Municipal.
Diagramar, coordinar y ejecutar la política económica y financiera de la
Municipalidad.
Llevar la contabilidad general de las finanzas públicas.
Organizar y actualizar el Registro Patrimonial Municipal inventariando los
bienes muebles e inmuebles que integran el patrimonio del municipio y
participar en los actos relativos a la adquisición de nuevos bienes y la
administración y disposición de los existentes.
Elaborar y coordinar la actividad del Estado municipal en materia de
rentas y recaudación, supervisando a los responsables directos de la
ejecución de las mismas.
Entender en la administración de los recursos humanos de la
Municipalidad y en la ejecución de la política salarial de la administración
pública, efectuando las altas, bajas y modificaciones, las liquidaciones y
toda otra tarea inherente a la materia de acuerdo con las normas vigentes
y las disposiciones del Departamento Ejecutivo Municipal.
Formular iniciativas que propendan al desarrollo profesional y personal de
los recursos humanos que prestan servicios al Municipio bajo las distintas
modalidades contractuales admitidas por la legislación.
Organizar, controlar y administrar el tesoro municipal y los recursos
económicos y financieros.
Planificar, coordinar y ejecutar las compras y contrataciones de la
Municipalidad en general.