Créase, en el ámbito de la Secretaría de
Desarrollo Social y Humano, la Dirección General de Juventud, que asiste al Secretario
mediante el ejercicio de las siguientes funciones, atribuciones y competencias
específicas:
Diseñar, elaborar y ejecutar políticas públicas destinadas a la integración y
participación de los jóvenes en actividades deportivas y en la vida
comunitaria en general.
Organizar actividades de integración y participación juvenil, velando por
el goce pleno de los derechos de este sector social.
Disponer acciones tendientes a generar conciencia y promover medidas
destinadas al cuidado integral de los jóvenes en todos los ámbitos de su
vida y, en especial, en lo que respecta al consumo de alcohol, narcóticos y
otro tipo de sustancias nocivas, el cuidado y respeto de su cuerpo y el de
los demás, y las conductas sociales responsables.