Créase,
en el ámbito de la Secretaría de Desarrollo Social y Humano, la Dirección General de
Mujer, Niñez, Familia y Tercera Edad, que asiste al Secretario mediante el ejercicio de
las siguientes funciones, atribuciones y competencias específicas:
Brindar asistencia, orientación y acompañamiento a víctimas que sufren o
hayan sufrido violencia familiar o de género, doméstica, sexual, maltrato
infanto-juvenil o de cualquier otra índole
Diseñar, planificar y ejecutar políticas públicas, planes, programas y
acciones destinadas a difundir, tutelar y garantizar los derechos de las
mujeres, los niños, las niñas, las personas por nacer y la familia.
Organizar actividades y capacitaciones, elaborar y difundir material
informativo, y llevar a cabo todo tipo de acciones tendientes a la igualdad
real de oportunidades y goce de derechos entre varones y mujeres, a la
erradicación de la discriminación y toda forma de violencia contra la mujer,
los niños y los adolescentes.
Ofrecer instancias de asesoramiento, acompañamiento y contención a
familias en situación de vulnerabilidad, como así también a mujeres
embarazadas, bregando por su bienestar integral, la protección de sus
derechos y los derechos de las personas por nacer.
Diseñar, elaborar y ejecutar políticas públicas destinadas a la integración y
participación de los adultos mayores en actividades deportivas y en la vida
comunitaria en general.
Organizar actividades de integración y participación de los adultos
mayores, velando por el goce pleno de los derechos de este sector social.